1/05/2013

la transición en venezuela : el 10 de enero no habrá "falta absoluta"




Tal como anticipamos en Ramble el 10 de enero no habrá de constituirse la figura de "Falta Absoluta" que propone la constitución venezolana para habilitar el proceso electoral que reemplace al ejecutivo electo en 2011. 

Habrá prórroga por 180 días a la espera de la mejoría de Hugo Chávez y de no suceder, entonces sí, en principio - los 90 días son prorrogables, situación que probablemente la defina la evolución en la salud de Chávez -  se materializaría la convocatoria a elecciones , 30 días después de vencidos los plazos y con Chávez ya sin posibilidad de asumir.

Se trata de un lapso durante el cual Diosdado Cabello ejercerá la presidencia y Nicolás Maduro continuará sus funciones de vice y delfín del lider fundador.

 Leemos en Télam  

Para Maduro, no habrá una falta definitiva, porque no se aplican los supuestos previstos como causas para declarar la ausencia absoluta, que implicaría la convocatoria de nuevas elecciones presidenciales.

"Ninguno de los casos que se establecen en el artículo 233 se aplica en estos momentos. No hay falta absoluta", explicó el vice, en una entrevista que le hizo el ministro de Comunicaciones, Ernesto Villegas, con un cuadro de Simón Bolívar de fondo, y transmitida por el estatal canal Venezolana de Televisión.

Maduro, señalado por el propio Chávez como su eventual sucesor, reseñó que el mandatario está en uso de licencia concedida por la Asamblea Nacional, y que el 10 de enero continuará el actual mandato.

Insistió, además, en que si Chávez no puede jurar el jueves próximo, podrá hacerlo después ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

"La Constitución establece que en todo caso -como formalismo- debe presentar su juramento ante la Asamblea el 10 de enero, pero ya el 10 de enero comienza el nuevo período constitucional y él continúa en sus funciones y se establecerá el momento que pueda prestar juramento ante el TSJ", explicó.

Indicó el también canciller que la Constitución "abre una flexibilidad dinámica", porque puede haber una ausencia temporal del jefe del Estado, con un permiso de hasta 90 días y una prórroga de otros 90...

5 comentarios:

Mariano T. dijo...

Me parece que si chavez crepa, que es lo mas probable, cabello lo pasa p'al cuarto a maduro

Unknown dijo...

Como en toda dictadura, la Constitución es un libro de ficción, y el que no esté de acuerdo es pasado a retiro. Venezuela, Argentina, Cuba, Corea del Norte, etc. Los mandatarios viven en el jolgorio mientras los mandantes son esclavos del poder.
Carlos

Zinni dijo...

Puedo hacer una corrección sin ya ser demasiado molesto? La última, promesa. El 10 de enero efectivamente no hay “falta absoluta”, eso fue una locura de Aveledo (vocero de la MUD) que no tiene goyete. Ahora, no necesariamente a partir de esa fecha se abre el período de 90/180 días que se establece en los casos de “falta temporal”, de hecho ese es el tema de discusión hoy. Para el chavismo, y eso es lo que dijo Maduro ayer, el acto de juramentación es un mero formalismo que puede ser postergado sin plazos específicos; lo que sí comienza a correr a partir de esa fecha es el mandato presidencial. A eso se refería el vicepresidente con lo de la “flexibilidad dinámica”, y no al margen de tres meses. Sin intención, en la nota de TELAM se replica la interpretación de la derecha moderada (Capriles & Cía.), que el mismo Maduro calificó ayer como “golpe débil” (en contraposición al golpe sin más de la estrategia de Aveledo) Lo más importante de todo esto es que entonces no sería Diosdado quien ocupe la presidencia, ni siquiera el mismo Vicepresidente Maduro, sino que todo continuaría como hasta ahora. Es Chávez quien inicia su nuevo mandato, esperando su recuperación para cumplir con el “trámite” de prestar juramentación. En efecto, la posición oficial es que Chávez hoy se encuentra en funciones en el exterior, con permiso de la Asamblea Nacional, en reposo pero no inhabilitado, ni temporal ni permanentemente. Ahora bien, cómo se determina una “falta temporal”? ahí está lo bonito, nadie sabe, no se encuentra especificado por la Constitución, ni se establece que deba ser declarado por la AN. Igualmente, es probable que este problema devenga en abstracto, y que en 6 meses haya una definición definitiva, para bien o para mal, sobre la salud de Chávez. Esperemos que se recupere.

hector dijo...

Carlos: ¿Unicamente en esos paises los ciudadanos no participan del poder real? Por ejemplo en EE.UU los ciudadanos (que pagan impuestos) están en un pie de igualdad con los que detentan el poder (que no pagan impuestos)

elosval dijo...

CARLOS DISCULPA MI FALTA DE INTELIGENCIA, PERO TUS AFIRMACIONES DICIENDO QUE LOS QUE PAGASN IMPUESTOS SON IGUALES A LOS QUE NO LOS PAGAN ¿NO ES CONTRADICTORIA?. ¿O ES UNA BROMA?
ADEMAS LA AFIRMACION DE QUE "UNICAMENTE EN ESOS ..." TAMPOCO LA ENTIENDO. ¿QUE ES EN UN CASO Y EL OTRO "PARTICIPAR DEL PODER REAL" PARA VOS. ¿COMO SERIA?
TE REPITO EL PEDIDO DE DISCULPAS. SALUDOS.