1/31/2012

es necesaria una reforma constitucional para estatizar a ypf ... ?





Para entender qué sucede con YPF hoy , mas que leer los diarios, ver la tele o leer a Redrado, usinas de bembas, hay que seguir las declaraciones de los gobernadores involucrados en la problemática petrolera federal , como las que se desprenden  por caso, de las declaraciones de Paco Perez que ayer que reprodujimos en Ramble

La necesidad de una reforma constitucional está planteada, reforma que según Manuel Mora y Araujo hoy es  repudiada por los argentinos pero en los años 90 era más que bienvenida, casi su objeto de deseo, tal como se observa en el video que abre el post (je) . Ay! como cambia la opinión pública según mudan los gobiernos !

En fin, complementariamente, para seguir el tema YPF es necesario acceder a fuentes alternativas , como en la blogósfera es el caso de Nestornautas, donde leemos:


Se trata de analizar como está la cosa para ver si es posible recrear una empresa petrolera estatal, con los elementos jurídicos y económicos disponibles, y cuáles serían las acciones a seguirse con ese fin; y su hablamos de petrolera estatal, pensamos inmediatamente en YPF: la firma (hoy operada bajo el control de la española Respol y con participación del Grupo Eskenazy) controla alrededor del 65 % del mercado del petróleo y sus derivados en el país, y es la única petrolera que tiene todas las actividades del ciclo productivo (desde la extracción del crudo en los pozos, hasta su transporte, refinamiento, destilación y transformación en combustibre y derivados) integradas en su totalidad.

Primero lo primero: en el año 1992 el menemismo impulsó la llamada "Ley de Federalización de Hidrocarburos" 24.145, que fue la que habilitó la privatización de YPF.

Lo que hizo esa ley (aun antes de la reforma constitucional de 1994) fue transferir al dominio público de las provincias los yacimientos de hidrocarburos situados en sus territorios que no se encontraban en ese momento en explotación, y al vencimiento de los respectivos plazos contractuales, los permisos de exploración y concesiones de explotación que pertenecían a YPF S.A. y se enumeraban en la ley (sea que los explotase por sí o por terceros, o en sociedad con ellos); lo mismo que las renovaciones a futuro de otros permisos y concesiones que tenía la petrolera estatal, y otros explotados por empresas privadas con concesiones otorgadas por el Estado nacional al amparo de la Ley 17.319.

Al mismo tiempo se le otorgaban otras áreas en concesión a YPF S.A. (transformada en S.A.por el Decreto 2778/90, antes era una sociedad del Estado), y en la misma ley (y en paralelo con la Ley de Reforma del Estado 23.696) se autorizaba la privatización de la empresa, cuyo capital accionario quedaba un 51% en manos del Estado nacional, un 39 % en manos de las provincias productoras de petróleo o las otras que quisieran adquirirlas (ese 90 % era lo que se privatizaba), y el 10 % restante para los trabajadores bajo un Programa de Propiedad Participada.

El Estado se se reservaba participar necesariamente de ciertas decisiones sobre la petrolera (por ejemplo decidir su fusión con otras sociedades, aceptar que pase a ser controlada en más de un 51 % de su capital social por otra sociedad, disolverse, transferir a terceros todos sus derechos derivados de concesiones o permisos otorgados bajo la Ley 17.319), siempre y cuando conservara al menos un 20 % de su capital accionario; porcentaje que sólo podía ser disminuído por ley.

Esto fue modificado en 1995 por la Ley 24.474 manteniendo esos derechos políticos del Estado nacional, pero aunque conservara una sóla acción, porque esa ley posibilitó que se vendiera ese 20 % remanente de la privatización: era la famosa "acción de oro", que le permitía al Estado nacional seguir teniendo ingerencia en el manejo de la petrolera en cuestiones importantes (no en todas, como por ejemplo el plan de inversiones).

Como sabemos la privatización se llevó adelante y la empresa fue comprada por la española Repsol, lo que supuso la transferencia de sus activos (maquinarias, inmuebles, equipos, derechos sobre los contratos vigentes), que no involucran la propiedad de los yacimientos; porque estos son del dominio público (antes de la Nación, luego de las provincias), y por ende no se pueden vender.

Lo que sí sucede (y puede sembrar alguna confusión al respecto) es que, cuando las empresas petroleras (entre ellas Repsol YPF) encuentran un nuevo pozo o yacimiento y de ese modo aumentan el horizonte de reservas petrolíferas probables o comprobadas, sus acciones en las Bolsas se disparan porque se supone que aumentarán su producción y por ende sus ganancias; pero no porque esos yacimientos sean de su propiedad.

En el marco de las concesiones de explotación lo que las empresas privadas tienen es la libre disponibilidad del crudo que encuentran y extraen (o sea no deben entregárselo al Estado, a menos que alguna provincia optar por cobrar en especie sus regalías, y en todo caso suele ser con combustible), para venderlo en el país (transformado en combustible, vendérselo a otras petroleras, usarlo para fines industriales, etc) o exportarlo. 

Para eso se les otorgó plena libertad en el menemismo, sin pagar además retenciones (derechos de exportación) y desregulando absolutamente el mercado de combustibles líquidos en el país: la tormenta perfecta, digamos...

Así las cosas en 1994 se modificó la Constitución Nacional, y entre otras cosas, por el nuevo artículo 124 se les reconoció a las provincias el dominio originario sobre los recursos naturales existentes en su territorio; algo que cobró actualidad por estos días a partir del conflicto por un emprendimiento minero en Famatina... 



1 comentario:

Diego Quiles dijo...

que bicho este Mora y Araujo

como la soja, está geneticamente modificado