- El borrador trata todo lo que se rumoreó en estos meses: blanqueo, fin de multas, algunas licencias, pasantías no remuneradas, formación,etc
- En primer lugar promueve un blanqueo amplio con plazo de 360 días con quita del 100% de multas en los 1eros 180 y 70% en los siguientes
- De por sí no queda claro si quedarían incluidos quienes sean contratados en estos meses mientras esté proyecto esté en el aire, peligroso.
- En relación a las multas por incorrecta o nula registración (hoy un 25% de las remuneraciones no abonadas) las reduce groseramente al SMVyM
- Es decir,la consecuencia de contratar en negro o pagar parte del salario deja de tener relación con la remuneración devengada por el trabajo
- Lo ridículo es que incluso el Art. 10 de la 24013 que se calcula sobre la diferencia pagada en negro fue atado al SMVyM, desvirtuandolo
- Pretende incorporar entre las exclusiones de la ley de contrato de trabajo la figura del colaborador del trabajador independiente
- Esto implica que trabajadores independientes puedan contar con hasta 4 empleados incorporandolos en la categoría no laboral de colaboradores
- Por otro lado, pretende incluir en el Artículo. 2 de la LCT la exclusión, es decir, considerar como no laboral el vínculo de los autónomos
- Pretende incorporar al Artículo 12 la posibilidad de lxs trabajadorxs a renunciar a los acuerdos individuales celebrados con su empleador.
- Pretende ampliar las facultades del empleador de modificación de condiciones del contrato de trabajo del Art 66, denominado Ius Variandi.
- Entre lo más grave: la exclusión de limpieza, seguridad, gastronomía y otros, de los supuestos de resp. solidaria por subcontratacion.
- Esto implica que las empresas que tercericen estos servicios en otras empresas no tengan responsabilidad. Dejando al Trabajador desprotegido
- La actual redacción del Artículo 30 requería una modificación que retome su redacción del 74, está ley profundizaria la restricción del 76.
10/31/2017
reforma laboral: reflexiones círticas ...
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario