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6/30/2008

125: subir la apuesta

Una de las modalidades asociativas más elusivas que ha tomado visibilidad en el conflicto de los grupos agrofinancieros contra el pueblo trabajador - representado en su momento por Perón y Evita y hoy por Cristina y Néstor Kirchner -, es el fideicomiso. Entre otros, los pool de siembra adquieren con esta forma de asociación una de las dominantes en su constitución. Si observamos la publicidad de algunos de los existentes en plaza, buena parte de la ampliación de la 125 para contruir los consensos necesarios para su aprobación , aparecen transparentes. Dicen las promos:

"Fideicomiso: Esta herramienta legal (regulada por la ley 24.441) permite minimizar riesgos y costos, asegurando además el capital de los inversores.

  • Bajos costos de administración: el fideicomiso permite ahorros en costos de administración tanto en su constitución, altamente inferior a la de una sociedad tradicional, como así también a la hora de retribuir las utilidades. Cabe destacar que al poseer la administración centralizada en el fiduciante los costos se reducen competitivamente.
  • Seguridad Jurídica: tanto los bienes de nuestros inversores como los de la administración son independientes de los bienes del fideicomiso (bienes fideicomitidos); cualquier acción legal sobre cualquiera de las partes no alcanza a los bienes fideicomitidos.
  • Seguridad financiera: tanto la suscripción como la retribución de los beneficios se realizan en dólares estadounidenses o bien en pesos al tipo de cambio correspondiente.
  • Ventajas impositivas:
  • Ganancias: cuando el fiduciante adquiere la calidad de beneficiario, el fideicomiso no es sujeto de este tributo, sino que queda a cargo de cada beneficiario según su escala impositiva.
  • Bienes personales: los bienes del fideicomiso no forman parte del patrimonio de los inversores ni del administrador, por lo cual no están obligados a tributar. Impuesto al Valor agregado: el fondo realizara compras por la vía del canje de cereales, lo que netea las posiciones en el mencionado impuesto.
  • Seguridad de acción: el contrato de fiducia, especifica todas aquellas obligaciones, derechos y atribuciones que poseen tanto el fiduciante como el fiduciario lo que limita las acciones de los mismos a las impuestas por estas"

En fin, a confesión de partes...