6/15/2013

mao said: un paso atrás dos adelante o tratar con reflexividad otros temas espinosos por venir, como la ley de medios....

Leemos a Julio Burdman :

El pasado martes 11, un fallo de la jueza federal con competencia electoral María Romilda Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de cuatro artículos (2, 4, 18 y 30) de la ley 26.855 de reforma del Consejo de la Magistratura, dejando sin efecto la convocatoria prevista para la elección popular de consejeros.

Normalmente, ante este caso correspondería la intervención de la Cámara Nacional Electoral, pero el Estado nacional pidió a la Corte Suprema un recurso extraordinario de salto de instancia, por razones de "gravedad institucional" -suspensión de una elección nacional-, que ésta aceptó con un compromiso de expedirse rápidamente. La semana que viene, pese a los feriados, tendremos una resolución sobre este asunto, toda vez que el plazo para el registro de las candidaturas para las PASO vence el 22 de julio.

Hay dos fallos en primera instancia de la jueza. El más importante es el que se refiere a una acción de amparo iniciada por el presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, quien actúa en calidad de apoderado de una de las listas que compiten en las elecciones del Colegio, y que pensaba postular candidatos para la elección de consejeros representantes de abogados. La presentación de Rizzo plantea que la ley, a la que considera inconstitucional, lesiona sus derechos a postularse en nombre de los abogados. En defensa del Estado fue Alejandro Amaro, de la Procuración, quien realizó la presentación de respuesta.

El fallo de la jueza concluye en que hay un caso, que la Constitución en su art. 114 habla de un representante "de los abogados de la matrícula federal", que los derechos individuales a la representación del presentante -el abogado Rizzo- son efectivamente lesionados por la nueva ley, y hace lugar al pedido de declaración de inconstitucionalidad, sosteniendo que la ley diseña un "extraño esquema de representación triangular", en la que el conjunto de los electores, y no los abogados, eligen a los abogados (y jueces y académicos) que representarán a los abogados (y jueces y académicos).

En el fallo, la jueza cita las precisas intervenciones en la Convención Constituyente de 1994 sobre la conformación del Consejo de la Magistratura del entonces convencional Eugenio Zaffaroni, hoy Juez de la Corte Suprema y uno de los responsables de decidir acerca de la constitucionalidad de la ley.

En otros párrafos del fallo, más políticos, la jueza cuestiona la ruptura del equilibrio de representación previsto en el diseño del Consejo, y habla también de una presunta violación del principio de independencia judicial si los jueces candidatos al Consejo van a tener que negociar y asumir compromisos en el marco de una competencia partidaria; recuérdese que los jueces en actividad no pueden ser candidatos a legisladores o cargos ejecutivos.

La Corte deberá expedirse contra un fallo que tiene un importante consenso jurídico detrás. Con el mismo mecanismo de siempre, la mayoría simple, ya que se trata de una sentencia más. Y la información disponible indica que va a respaldar el fallo. La posición del juez Zaffaroni, quien en general es un simpatizante del concepto de "democratización judicial", aparece en este caso condicionada por sus intervenciones como constituyente.

La corporación profesional de los abogados apoya mayoritariamente la acción de amparo de Rizzo y el fallo de la jueza. Cabe aclarar que, además de estos dos, otros jueces de la Capital, la provincia de Buenos Aires, Santa Fe y Neuquén firmaron entre el 31 de mayo y el 12 de junio ya un total de 16 fallos declarando la inconstitucionalidad de la ley, totalizando así 18, pero éste de Servini de Cubria fue el más relevante por la competencia electoral de la magistrada, que determinó la suspensión de la elección.

El oficialismo va a respetar la decisión de la justicia, pero una declaración de inconstitucionalidad de la ley crearía una herida en la relación interpoderes. A futuro, la Corte queda bajo tensión, pero al mismo tiempo, también respira aliviada. Toda Corte se legitima, diariamente, en el ejercicio de su independencia. Rechazando por inconstitucional una ley impulsada con entusiasmo por la Presidenta, resguarda su independencia y puede tratar con reflexividad otros temas espinosos por venir, como la ley de Medios.

Por otra parte, si el rechazo a la ley se consuma y el gobierno quiere seguir adelante con el proyecto, le queda el camino de la reforma de la Constitución. Profundizar, para el kirchnerismo, equivaldría en este caso proponer una reforma constitucional que incluya otras cosas.


 
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