6/15/2021

la canaleta de la fuga




Norberto Galasso y Fabián Mettler analizan el origen de la deuda contraída por el gobierno de Macri ante el Fondo Monetario Internacional. En plena negociación del crédito más grande entregado a un país socio del organismo, los historiadores se preguntan: "¿Pagará el Estado argentino, que obró como un simple pasamano de los dólares? ¿O pagará la minoría que desvió esos recursos por la canaleta de la fuga?".







Por Norberto Galasso y Fabián Mettler

El Gobierno argentino se encuentra negociando, por estos días, la postergación del pago del capital y la rebaja de los intereses (con sobretasa) del crédito “stand by” otorgado por el F.M.I. a la Argentina, por 44.490 millones de dólares. La deuda, contraída por Macri en junio de 2018, tiene una estructura de vencimientos tan apretada que resulta imposible su repago en las condiciones acordadas originalmente. No quedará otra alternativa que reestructurar o defaultear. Ante esta grave disyuntiva, se presenta otra aún más grave y urgente: determinar quién pagará el crédito. ¿Pagará el Estado argentino, que obró como un simple pasamano de los dólares? ¿O pagará la minoría que desvió esos recursos por la canaleta de la fuga?

Para la derecha, gobernar es endeudar

Desde el empréstito de la Baring Brother, concedido a Rivadavia en 1824, el endeudamiento externo funcionó en la Argentina como un ancla al crecimiento y como un torniquete a la soberanía económica del país. Paradójicamente, el crédito público que debiera servir para apalancar el desarrollo productivo, en la Argentina solo sirvió para generar miseria y dependencia. Ocurre que los préstamos, con la complicidad de los prestamistas, nunca se han utilizado para reforzar reservas o potenciar el comercio exterior, sino para financiar el desplazamiento de capitales de la élite local hacia jurisdicciones con nulos controles e insignificante tributación. El ciclo se ha repetido históricamente sin fallas: los gobiernos conservadores –Videla, Menem, Macri-, endeudan. Los gobiernos populares –Yrigoyen, Perón, Kirchner-, desendeudan.

Esa ruinosa obsesión

Durante el decenio 2015-2025, Argentina no debería afrontar ningún vencimiento importante en divisas. El kirchnerismo, con gran acierto, dejó saneadas las cuentas externas. Sin embargo, Macri se apuró a emitir un torrente de bonos en dólares, algunos a cien años (AC17D), y cuando eso fue insuficiente y se produjo la reversión de los flujos externos, pegó el manotazo de ahogado al F.M.I. Macri, endeudó al país –entre F.M.I. y deuda en bonos- en más de 130.000 millones de dólares. Un sobreendeudamiento irresponsable, fraudulento e inconducente desde lo productivo que condiciona el futuro de la Patria y pone en jaque a la democracia. ¿Por qué esta ruinosa obsesión por endeudar al país? La clave, en esta etapa, está en la cultura de atesoramiento de los sectores medios y altos de la Argentina, demandantes compulsivos de dólares para el colchón y la fuga en Paraísos Fiscales, y limitados desde el 2011 por la imposición del “cepo” cambiario.

La culpa fue del chancho y del que le dio de comer

La obsesión de Trump con Venezuela y la necesidad de fortalecer a la derecha en la región, llevó al board del F.M.I. a conceder el préstamo más grande de su historia: 57.100 millones de dólares. Préstamo que Macri solicitó desesperadamente a Trump, tras la pérdida de confianza del mercado internacional en su gestión. El contubernio -así cabe estrictamente llamarse- fue celebrado por ambas partes en abierta violación a sus propios regímenes jurídicos. En el caso del F.M.I., se pasó por alto la prohibición del Art. 6 de su Convenio Constitutivo, además de contradecirse criterios técnicos y los propios objetivos del Organismo.

Del lado argentino, lo que hizo el gobierno de Macri fue aún peor. Porque a la estrategia de “desplazamiento total del sistema jurídico”, le sumó la persecución y el apriete a dirigentes opositores, a través de pinzas judiciales y mediáticas (lawfare y fake news), con la finalidad de silenciar la crítica a su administración. En ese clima enrarecido, el Poder Ejecutivo celebró un empréstito ruinoso con un organismo internacional sin tener un solo informe técnico que lo avalara, omitiendo la opinión, previa y obligatoria, del Banco Central sobre el impacto en la balanza de pagos (art 61 Ley 24.156, de Administración Financiera), desplazando olímpicamente la intervención mandatoria del Congreso Nacional (Constitución Nacional art. 75, inc. 4, 7 y 22) y sin tener facultades delegadas para ello. Todo esto se hizo, además, violando de punta a punta el procedimiento administrativo de formación de la voluntad estatal (Ley 19.549, de Procedimiento Administrativo, art. 7 y 14, y Decreto delegado 1.023/01, por aplicación analógica).

Dentro de la ley, nada; fuera de la ley, todo

Lo pactado por el Gobierno argentino con el F.M.I., en forma tan groseramente irregular, deviene entonces jurídicamente discutible, no tiene ningún valor y es inoponible al Estado y Pueblo argentino. “Las operaciones de crédito público –dice el art. 66 de la ley 24.156- realizadas en contravención a las normas dispuestas en la presente ley son nulas y sin efecto, sin perjuicio de la responsabilidad personal de quienes las realicen. Las obligaciones que se derivan de las mismas no serán oponibles a la administración central (…)”. Desde la perspectiva del derecho argentino, el acuerdo celebrado con el Fondo es inconstitucional, y como acto administrativo de contratación es nulo de nulidad absoluta e insanable. Cabría esperar –el lector sabrá disculpar la ingenuidad de los autores- que la justicia argentina lo declare rápidamente con ese alcance.

El Fondo Monetario y la “Triple A”

Incluso, en un mundo azotado por el Covid 19, la visión de un Fondo Monetario renovado, contemporizador, más amigable con los deudores, resulta ingenua a esta altura del partido. Los múltiples desaguisados cometidos en todo el planeta, le habrán hecho perder el pelo al Fondo, pero no las mañas. Mal que le pese a la Argentina, el F.M.I. es el mismo que echó Néstor Kirchner, desentendiéndose de sus imposiciones, en el 2006. ¿Qué va a pedir el Fondo en esta nueva etapa? Lo que pidió siempre: Ajuste, Ajuste y más Ajuste. En el sistema jubilatorio, en el mercado laboral, en las cuentas del estado. Con las archisabidas consecuencias que le siguen a estas políticas. Argentina, en ese caso, podría ser empujada a firmar un verdadero Tratado de Versalles con el F.M.I., y ¡sin haber perdido una guerra! Las condiciones que tratará de imponer el Fondo serán tan duras, leoninas y restrictivas que afectarían gravemente la soberanía y la calidad de vida de los argentinos, durante dos o tres generaciones.

Investigar, investigar, investigar

Es necesario acelerar y profundizar la instrucción que dio el presidente Alberto Fernández en la Asamblea Legislativa para que “se inicie una querella criminal en la que se identifique quiénes han sido los autores y partícipes de la mayor administración fraudulenta y mayor malversación de caudales que nuestra memoria recuerda”. Además de investigar penalmente a los responsables, se debería reconstruir en forma urgente la trazabilidad del circuito de divisas giradas por el F.M.I. a la Argentina, determinando en qué proporción fueron utilizadas esas divisas para fines útiles y legítimos, y en qué proporción fueron destinadas para atesorar, especular y fugar a gran escala. Hay que avanzar sin pérdida de tiempo en esa tarea investigativa que es técnica y jurídicamente posible, aunque compleja por el carácter fungible del dinero, por los secretos bancarios y fiscales existentes y por eliminación de controles efectuados por el gobierno anterior. El informe del Banco Central de marzo de 2020 (“Mercado de cambio, Deuda y Formación de Activos Externos 2015-2019”) avala todas estas circunstancias y da argumentos suficientes para discutir activamente las nuevas condiciones y no ceder en ninguna de las condicionalidades que suele imponer el Fondo Monetario.

Paralelamente, sería útil crear para el futuro, dentro del Ministerio Público Fiscal, una Fiscalía Especializada en Deuda Externa, que intervenga en la investigación y determinación de la responsabilidad criminal de los funcionarios públicos que contraten empréstitos fraudulentos. O en su defecto, repotenciar la Procuraduría de Defensa de la Constitución, creada por ley 27.148 y actualmente con pocas funciones. Todo ello, sin perjuicio de continuar con las causas penales en curso. Es necesario involucrar activamente al pueblo en la negociación, porque de este modo se daría mayor fuerza a los negociadores argentinos en sus tratativas con el Fondo, reforzando la comunicación de todas las iniquidades cometidas en este asunto. Ni el Estado, ni el Pueblo argentino, deben pagar las consecuencias del despojo llevado a cabo por la banda macrista que ha significado un engrosamiento notable de las cuentas en el exterior de un puñado de argentinos, y la profunda crisis económica y social en que nos encontramos inmersos.

1 comentario:

Anónimo dijo...

"Desde la perspectiva del derecho argentino, el acuerdo celebrado con el Fondo es inconstitucional"

Respecto de la inconstitucionalidad del acuerdo: los estados no podrán invocar su derecho interno para rechazar una obligación internacional.

Hay que atacarlo según el estatuto del FMI y de acuerdo al derecho internacional.

Podria impugnarse si no hubiera pasado por el congreso, o algún otro vicio del proceso constituciónal, pero no invocando una ley del derecho interno.

Y hace falta una ley que regule la toma de deuda internaciónal.