Según los datos que hasta el momento se conocen los votos observados son los que definirán quién será el próximo presidente de Uruguay.
Tras la votación de este domingo La Corte Electoral informó que recién entre el jueves y el viernes dará el resultado final dado el ajustado resultado. La clave: habrá que esperar a conocer los votos observados para saber con certeza si Luis Lacalle Pou será el próximo presidente o Daniel Martínez.
El punto está en la diferencia de votos entre el candidato blanco y el frenteamplista y el número de votos observados que supera este resultado. Por un lado Lacalle Pou obtuvo 1.168.019 sufragios contra 1.139.353 del postulante oficialista, lo que da una diferencia de 28.666. Pero la cantidad de votos observados, que todavía resta abrir y ver a qué candidatos se le suman, es de 35.229.
El presidente de la Corte Electoral José Arocena indicó en No toquen nada (Del Sol) que "si hubiera habido 8 o 10 mil votos de diferencia por encima del voto observado, se podría haber dado un ganador". Pero eso no ocurrió.
¿Qué es un voto observado?
Se le dice "voto observado" a aquellos que fueron realizados por personas que no sufragaron en el circuito establecido por la Corte Electoral. Los votos son válidos, pero recién se toman en cuenta una vez que se hace el segundo escrutinio, momento en que son abiertos.
¿Quiénes votan observado?
Según explica la Corte Electoral en su página web, hay varios sujetos que pueden votar observado.
1) Integrantes de Comisión Receptora de Votos, custodias militares y funcionarios electorales. En estos casos votan dentro el departamento en el que tienen inscripción cívica vigente, pero lo hacen en calidad de "observado simple".
2) Personas que se encuentran en situación de discapacidad motriz. Esta elección dentro de este grupo se sumó a quienes votan en un local diferente al estipulado porque el suyo no cuenta con condiciones de accesibilidad. La Corte informó que en estas situaciones "el elector deberá firmar la hoja de identificación como declaración jurada que da cuenta de la situación que lo afecta".
3) Por otra parte, está previsto que el voto pueda ser observado en los circuitos rurales en todos los casos que se han enumerado con anterioridad, y además todas aquellas personas que, no perteneciendo al circuito, tengan inscripción cívica vigente en el departamento, perteneciendo la misma a otra circunscripción rural, y que presenten credencial, según lo que indica la Corte.
4) Además si una persona no da garantías con respecto a su identidad, los miembros de la Comisión Receptora de Votos podrán tomar su voto como observado.
5) Otro caso en que el voto puede ser observado es cuando se trata de extranjeros no ciudadanos inscritos en el Registro Cívico Nacional: si están comprendidos en el Art. 78 de la Constitución.
¿Qué se puede esperar?
Una vez abierto un voto observado puede asignarse el mismo a uno de los candidatos o los mismos ser en blanco o anulados. Martínez necesita que el 90% de los votos observados se le asignen para poder ganarle la elección a Lacalle Pou. Pero es poco probable que esto ocurra. El antecedente de octubre refleja que el Partido Nacional fue quien recibió la mayor cantidad de los votos observados de esa instancia.
1 comentario:
no le den mas vuelta al tema. ya está, ya fue. los uruguayos quieren probar un gobierno de derecha que los sodomice. que se relajen y gocen.
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