12/11/2018

"saludos a camps..."


causa ford: condenas de 10, 12 y 15 años

Luego de quince años de instrucción y un año de juicio, hoy el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín condenó a dos ex jefes de la planta de General Pacheco de la empresa Ford como partícipes necesarios de detenciones ilegales y tormentos. Se trata de un hito en la sanción de la responsabilidad civil con el terrorismo de Estado.


Luego de quince años de instrucción y un año de juicio, hoy el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín condenó a dos ex jefes de la planta de General Pacheco de la empresa Ford como partícipes necesarios de detenciones ilegales y tormentos. Se trata de un hito en la sanción de la responsabilidad civil con el terrorismo de Estado.

A cuarenta años de los hechos, las causas que involucran a actores económicos en crímenes de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado finalmente comienzan a arrojar definiciones y veredictos. El Tribunal Oral Federal 1 de San Martín condenó hoy al ex jefe de Manufactura de la empresa Ford Pedro Müller a 10 años de prisión, al ex jefe de Seguridad de la planta Héctor Sibilla, a 12, y a Santiago Riveros, ex titular de Institutos Militares del Ejército, a 15 años. A los tres los encontró penalmente responsables de los delitos de detenciones ilegales y tormentos agravados. A Riveros, además, lo condenaron por allanamientos ilegales. La causa Ford -como se conoce a ese sistema de complicidad entre empresarios, personal jerárquico de la empresa, gobierno militar y miembros del Ejército-, mostró la participación que tuvieron los civiles en los secuestros y torturas contra obreros de la planta que la multinacional tiene en General Pacheco.

Un día después del golpe de Estado, ocurrió un hecho clave: la reunión de los directivos de la empresa con la comisión interna. Ese día se les anunció a los trabajadores “por momentos en tono jocoso y por otros violento”, que a partir de ese instante ya no sería reconocido este organismo. Uno de los delegados le preguntó al directivo por qué se interrumpía la relación sindical con la empresa, a lo que el gerente de relaciones industriales, Guillermo Galarraga, respondió que “la empresa Ford Motor Argentina pasa a ser objetivo y prioridad militar”. El mismo personaje dijo: “Amoroso, déle saludos a Camps”. Como el delegado no sabía quién era, el gerente cerró con “Ya se va a enterar”.

Galarraga estaba imputado en esta causa que comenzó su instrucción en 2002. A él, Müller y Sibilla se les atribuye permitir la instalación de un centro clandestino en la fábrica y señalar a los trabajadores que debían ser secuestrados y torturados. Este juicio, que comenzó en diciembre de 2017, debía hacerlo antes, en julio de 2014, pero por los planteos dilatorios de las defensas, se postergó al 14 de marzo de 2017, que tampoco comenzó. Durante ese lapso falleció Galarraga.

El 7% de los civiles acusados por delitos de lesa humanidad son empresarios. La dictadura fue la oportunidad que vieron algunos directivos de empresas para resolver de manera represiva los conflictos laborales y aumentar sus ganancias. Pusieron a disposición de los militares recursos materiales, como autos e instalaciones, dieron listas de personas, y de esa forma pasaron a ser un eslabón más en la estructura del terrorismo de Estado.

La investigación Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado definió cuánto estaba involucrada Ford con la dictadura: en el predio de la empresa se montó un centro clandestino de detención que funcionó en el espacio del quincho del campo de deportes; confeccionó un listado de trabajadores que entregó a las fuerzas represivas para detenerlos; facilitaron legajos personales, fotografías y camionetas para los traslados. Muchas de las detenciones se produjeron, además, en el interior de la fábrica, en horario laboral, frente a compañeros y directivos.

Los trabajadores estuvieron representados por las querellas a cargo del abogado Tomás Ojea Quintana y la abogada Elizabeth Gómez Alcorta. También fueron querellantes la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la de la provincia de Buenos Aires.

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