La empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) indicó que cumplirá con el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que ordena dar a conocer los términos del acuerdo que la petrolera firmó con la estadounidense Chevron, “de acuerdo con la normativa vigente y conforme a los plazos procesales que se establezcan”.
“YPF informa que va a cumplir con dicha decisión de acuerdo a la normativa vigente y conforme a los plazos procesales que se establezcan”, indicó este martes en un comunicado la petrolera, cuyo mayoría accionaria es estatal, tras la expropiación dispuesta por la Ley 26.741, en respuesta al fallo del máximo tribunal, que ordenó hacer públicas las cláusulas del Acuerdo de Proyecto de Inversión suscripto con Chevron Corporation para la explotación de hidrocarburos no convencionales en las áreas de Loma de la Lata Norte y Loma Campana en la provincia del Neuquén.
La comunicación de la empresa resaltó que, de acuerdo con la Ley 26.741, YPF opera como una sociedad anónima abierta en los términos de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales, que establece, “no siéndoles aplicables legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Estados provinciales tengan participación”.
La Corte Suprema de Justicia ordenó a YPF que haga públicas las cláusulas del acuerdo entre la empresa y la petrolera Chevron por la explotación de hidrocarburos en Vaca Muerta, provincia de Neuquén.
Lo hizo el Tribunal ante una acción de amparo del senador Rubén Giustiniani, luego que YFP negara aportar información del acuerdo, en especial sobre la calidad ambiental y las actividades que desarrollará Chevron en el lugar.
La Corte tuvo en cuenta el derecho de acceso a la información contemplado por los distintos organismos internacionales, como ser la Corte Interamericana de Derechos Humanos o la Asamblea de Naciones Unidas.
Los jueces evaluaron que YPF funciona bajo la órbita del Poder Ejecutivo en función de haber sido designado el ministro de Economía Axel Kicillof como director de la compañía; el ministro de Planificación, Julio De Vido, como interventor y Miguel Galuccio como gerente general.
"La autoridad para gobernar la sociedad que ejerce el Poder Ejecutivo queda demostrada", expusieron los jueces, y al estar YPF bajo jurisdicción del Gobierno "se halla obligada a dar cumplimiento a las disposiciones del decreto 1172/03 en materia de información pública".
También tuvieron en cuenta que el decreto 530/12 que aprueba el acuerdo con Chevron, y que fue validado por el Congreso, prevé que YPF debe "asegurar el abastecimiento de combustibles y su importancia a los efectos de garantizar el desarrollo económico con inclusión, proteger a la economía nacional de los vaivenes del precio internacional y consolidar un modelo de crecimiento".
Para la Corte "corresponde" el derecho de acceso a la información a cualquier persona para ejercer el "control democrático" de las gestiones estatales, para poder "cuestionar, indagar y considerar si se está dando un adecuado cumplimiento a las funciones públicas".
"La información no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina", replicó la Corte.
El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Maqueda; en tanto que Elena Higton de Nolasco votó en disidencia, pues consideró que previo a resolver se le debía haber dado la palabra a la firma Chevron.

3 comentarios:
cuando la publicación de las andanzas del presidente de la corte y quién lo va a sancionar?
Artemio: me impresiona ver propaganda de Macri en tu blog!!
Delicias del capitalismo googlearizado!!
Luciano Moffatt Uh ¿había entonces claúsulas secretas? No, es falso, artemio es un TroskoMacrista a sueldo de Magnetto
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