7/19/2018

peña asoma : control en las redes "oficiales" (incluídos sus trolls) , el largo camino al infinito



Resolución 12911/2018
RESOL-2018-12911-APN-SECCP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2018
EL SECRETARIO DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1° de la Resolución 13345 E/2017 de esta SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, que quedará redactado de la siguiente forma: “Las cuentas en las redes sociales, pertenecientes a todas las dependencias del Gobierno Nacional, deben ser informadas a la DIRECCIÓN DE CONTENIDO DIGITAL de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTENIDOS de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, en el término de quince (15) días hábiles de sancionada la presente, indicándose su nombre y especificación digital, dependencia a la que pertenece, responsables de su utilización, y respectiva contraseña”.
ARTÍCULO 2º.- Modifícase el Artículo 2° de la Resolución 13345 E/2017 de esta SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, que quedará redactado de la siguiente forma: “La DIRECCIÓN DE CONTENIDO DIGITAL decidirá sobre la continuidad de las cuentas en las redes sociales, que le sean informadas”.
ARTÍCULO 3º.- Modifícase el Artículo 4° de la Resolución 13345 E/2017 de esta SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, que quedará redactado de la siguiente forma: “La creación de cualquier cuenta en una red social por parte de cualquiera de las dependencias de la Administración Pública Nacional debe contar con previa aprobación de la DIRECCIÓN DE CONTENIDO DIGITAL, antes de ser registrada”.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge Miguel Grecco
e. 19/07/2018 N° 51924/18 v. 19/07/2018

2 comentarios:

Anónimo dijo...

esto incluye a la red de trolls de peña?

Anónimo dijo...

Esas no hace falta, las crearon ellos mismos...