12/09/2015

has visto la jura alguna vez?


Constitución Nacional
Artículo 93



Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento, en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas, de: "desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina".Lea más:http://leyes-ar.com/constitucion_nacional/93.htm

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1 comentario:

Daniel dijo...

¿y si ponemos una cautelar para el mando de Macri cese el 10 a las 00 hs.?