4/01/2014

dime dónde te domicilias y te diré quién eres



¿Cómo es que de repente un reconocido jurista sudafricano aparece en Argentina preocupado por la posible condena del empresario azucarero Carlos Blaquier y su gerente, Alberto Lemos, por su participación en delitos de lesa humanidad? Los nombres y apellidos detrás del amicus de Richard Goldstone.

Desde finales del 2013 que Carlos Pedro Blaquier -dueño de Ledesma- y Alberto Lemos -gerente administrativo al momento de los hechos- se encuentran procesados por los secuestros de 29 personas, ocurridos entre marzo y julio de 1976. Los procesamientos fueron resueltos por el juez Fernando Poviña, titular del Juzgado Federal de Jujuy, y confirmados por la Cámara Federal de Salta. Se trata de dos expedientes separados, en la causa “Arédez” se investiga el secuestro de tres dirigentes sindicales, y en el caso “Burgos”, los 26 secuestros perpetrados en las llamadas “Noches del Apagón” cuando Ledesma quedó a oscuras y las Fuerzas Armadas se llevaron a varios empleados del ingenio y referentes sociales opuestos al régimen dictatorial.

A pedido de las defensas, Richard Goldstone, ex juez de la Corte Constitucional de Sudáfrica y ex Fiscal Jefe del Tribunal Penal Internacional de las Naciones Unidas para la ex Yugoslavia y Ruanda, se presentó en las causas bajo la figura del amicus curiae –amigo del tribunal-. El escrito tiene como fin, básicamente, pedir la nulidad de todo lo actuado por el Ministerio Público Fiscal, por la que hace rato pugnan los imputados -ahora procesados- y que fue denegada tanto en primera como segunda instancia de los tribunales norteños. En octubre del año pasado obtuvieron el apartamiento del fiscal ad hoc, Pablo Pelazzo, cuya labor fue decisiva en el avance las investigaciones. Sin embargo eso no basta, para evitar su juzgamiento, Blaquier y Lemos necesitan que las actuaciones del fiscal también sean desechadas.

La intervención de Richard Goldstone se explica a partir de un dato muy sencillo: Suipacha 1380 piso 10, el domicilio legal establecido en su amicus.

Allí, sin cartel ni insignia -una extrañeza en el ámbito jurídico- funciona el estudio del abogado Emilio Cárdenas.

Emilio Cárdenas es un abogado cuya trayectoria dice mucho más que cualquier autobiografía no autorizada. Vicente Muleiro lo menciona varias veces en su libro 1976- El golpe civil, aunque hay una nota del periodista Martín Granovsky -“De sillón en sillón”-, publicada el 20 de enero de 2002 en Página/12, que da un perfil más acabado de abogado en cuestión.

“Polista, tenista, jinete, boxeador, este abogado que se acerca a los 60 se convirtió en uno de los signos modernos del establishment (…) Lo suyo es el cambio y la adaptación, como un experto en el diseño de negocios del poder económico siempre desde el costado que más rinda en cada momento y, siempre también, con un énfasis que cualquier grandilocuente llamaría “fundacional””, dice la nota.

“Un ejemplo fueron las privatizaciones. La asunción de Menem encontró a Cárdenas asociado al abogado administrativista Juan Carlos Cassagne. Cárdenas asesoró a Roberto Dromi, el ministro de Obras Públicas que ejecutó junto con Rodolfo Barra y María Julia Alsogaray el pase a manos privadas de las empresas de servicios públicos gracias a la conversión de títulos de la deuda en activos físicos. Y asesoró a las privatizadas, donde Cassagne quedó como directivo”, señala.

Fue gracias a Menem que Cárdenas obtuvo la representación argentina en las Naciones Unidas. “A su experiencia como lobbyista, como abogado de grandes grupos económicos y financieros, como arquitecto de meganegocios, podría sumar un cargo de prestigio y acumular nuevos contactos, ya más políticos, que luego sin duda potenciarían su capital de relaciones”, observó el periodista [ver nota completa].

Y, sin duda, no se equivocó. Debió haber sido en Naciones Unidas donde Cárdenas estableció vínculo con Goldstone. El ex juez sudafricano integró numerosos comités, tribunales y programas de la ONU, por lo menos, desde 1994, y es además internacionalmente reconocido por haber integrado la Corte Constitucional de Nelson Mandela, pieza clave en el desmantelamiento del apartheid, pero no precisamente un ejemplo mundial en la persecución de los crímenes cometidos bajo dicho régimen [ver nota de Daniel Feierstein sobre el tema].

Golsdtone, cuyo curriculum no revela ningún conocimiento sobre la Argentina, posiblemente no conozca tampoco los circuitos detrás de las tareas diplomáticas del abogado. El escrito de Goldstone simplemente repite y/o reformula la principal estrategia de los abogados de Blaquier y Lemos, la nulidad de todo lo actuado por el Ministerio Público Fiscal, sin consideración alguna de los hechos investigados o el sinfín de obstáculos que debió sortear el proceso para su sustanciación.

El amicus de Goldstone fue presentado ante el tribunal federal como adjunto a un escrito de Jorge Valerga Aráoz -padre e hijo-, Horacio Aguilar y Diego D´Andrea Cornejo, abogados de los procesados, con su correspondiente traducción pública certificada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires –todo presumiblemente tramitado por ellos-. La nota de los abogados además se toma el trabajo de contextualizar los ejes argumentativos del amicus curiae en el marco de las causas en los que ellos intervienen y destacar los puntos que estiman más relevantes a considerar por los jueces. Por si no se entendió el objetivo buscado.

La Acordada 7/2013 de la Corte Suprema que rige la institución del amicus, dice “las personas físicas o jurídicas que no fueren parte en el pleito, pueden presentarse ante Ia Corte Suprema de Justicia de Ia Nación en calidad de Amigo del Tribunal”, y adicionalmente se prevé la posibilidad de que el Tribunal invite a alguien a presentarse como amicus. Pero en ninguna parte prevé que sean las partes quienes traigan personas para que actúen como amicus, precisamente, porque se supone que son amigos del tribunal y no de una de las partes.

La presentación de Goldstone no respeta ninguno de los lineamientos básicos que regulan este tipo de figura. Fue presentada por la parte imputada, en una instancia del proceso para la cual no está contemplada, se funda en acordadas de la Corte Suprema ya derogadas y carece de toda mención a cuáles serían los intereses colectivos o generales que se pretendería defender por medio de esta intervención. En virtud de estos y otros argumentos, el fiscal de Casación Javier de Luca presentó ayer un recurso de reposición ante la Cámara de Casación pidiendo se revoque la decisión dio lugar a la opinión de Goldstone en el caso.

1 comentario:

profemarcos dijo...

Bueno, si las empresas de Blaquier tienen "Créditos Bicentenario".