2/23/2014

de la lucha de clases a la lucha por el pass trough!

Mes de Mayo . Año 1975

Por otra parte tal como lo señala Pablo Tonelli en el blog de Abel, sabemos que : 

El éxito de la devaluación operada, es decir, que cambie los precios relativos de Argentina, depende de la velocidad en que dicha devaluación se incorpora a los costos locales, sobre todo durante el primer año, y en la sustentabilidad en el tiempo del tipo de cambio frente a las expectativas de los empresarios y las demandas de los trabajadores y el movimiento social.

Esta situación ha sido diferente en cada coyuntura. Siguiendo a Saiegh, tenemos que en el Rodrigazo el pasaje a precios fue del 83 %, a la salida de la tablita de Martínez de Hoz, del 73 % y tras el abandono de la Convertibilidad en 2002, sólo del 12 %, claro que con destrucción del aparato productivo y una desocupación del 25 %.

Sin sorpresas entonces, leemos en la página de la Pato Bullrich que insiste en derogar una ley que según los gurúes nunca funcionó ni lo hará:

 
El Senado y Cámara de Diputados,...
DEROGACION DE LA LEY 20680 DE ABASTECIMIENTO.
Artículo 1°: Derógase la Ley 20.680.
Artículo 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:

El presente proyecto fue presentado el 24/08/2010 (Exp. 6156-D-2010). Como perdió estado parlamentario, he decidido volver a presentarlo.

La ley cuya derogación se propone fue suspendida en el ejercicio de sus facultades por el art. 4°del Decreto N° 2284/91, el cual estableció que dicho ejercicio solo podrá ser restablecido para utilizar las medidas articuladas en dicha ley, por el Congreso Nacional. Posteriormente, por Decreto 722/ 99, se restableció el ejercicio de las facultades emanadas de la ley 20.680.

La ley 20.680 contiene una delegación de facultades de sesgo totalitario, incompatible con las normas y garantías de la Constitución Nacional.

Así es que por el juego de sus artículos 1° y 2° delega en el Poder Ejecutivo la regulación de la totalidad de la actividad económica violando así lo establecido por el art. 76 de la Constitución Nacional, que prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases que la delegación que el Congreso establezca. La ley 20.680 por el contrario establece una delegación que por su generalización resulta indeterminada y no contiene plazo alguno para su ejercicio. El Congreso, en esta norma, ha delegado en el Poder Ejecutivo, no la facultad de reglamentar una ley o regular sus pormenores, sino la posibilidad de dictar la propia ley. Ello surge claramente del texto del art. 2°, inc. (c) que autoriza al P.E. a "Dictar normas que rijan la comercialización, intermediación, distribución y/ o producción"

Asimismo, autoriza al P.E. a imponer determinadas conductas para las cuales ni el propio Congreso de la Nación tiene facultades, como las establecidas en su artículo 2°, inc. (d).- La aplicación de estas facultades viola claramente los derechos constitucionales de trabajar y de ejercer toda industria lícita garantizados por el art. 14 de la CN. Obviamente si el Congreso no tiene dichas atribuciones, mucho menos puede delegarlas.

También, la ley cuya derogación se postula, autoriza al P.E. a ejercer facultades propias de los órganos judiciales, así en su art. 2° autoriza la intervención de empresas (inc. g. ) y el secuestro de bienes (inc. j.); y en su art. 12, el allanamiento de locales y establecimientos (inc. b.) y la detención preventiva (inc. h.), todo ello sin intervención judicial, violando así expresas garantías constitucionales y afectando el principio de separación de poderes.

En resumen, esta ley viola claros preceptos constitucionales otorgando al P.E. un ilegítimo campo de discrecionalidad incompatible con el estado de derecho que debe imperar en la República.
Por todo ello, Sr. Presidente, proponemos su derogación y para ello solicitamos la sanción del presente proyecto de ley.

 Nota Relacionada

Revisando el acuerdo de precios de 2006: el tercero peronista exitoso
Durante el gobierno de Néstor Kirchner, tras separar a Roberto Lavagna del Ministerio de Economía, se realizó, en 2006, un acuerdo de precios que resultó muy eficaz y exitoso en reducir el Índice de Precios del Consumidor (IPC) general.

Como señalamos en una columna anterior, tras los exitosos acuerdos de precio realizados por el General Perón, tras separar a Roberto Lavagna del Ministerio de Economía que había fracasado en el control inflacionario, el acuerdo realizado por Néstor Kirchner en el año 2006 fue muy eficaz en reducir el IPC general y en especial alimentos y bebidas y canasta básica , y tiene datos complementarios notables que muestran la profundidad del éxito de aquel acuerdo de precios, el tercero realizado durante gobiernos peronistas.

1 comentario:

Abel B. dijo...

Gracias por la referencia, Artemio.

Y Pablo Tonelli (no el del PRO, eh; el peruca) está emocionado porque el célebre Ramble lo haya mencionado.

Abrazo