1/24/2021

sobre las violaciones a los principios fundamentales del estado de derecho

 

Carta abierta a la Sra. Claudia Scherer-Effosse, Embajadora de Francia en la Argentina.




Domingo 24 de Enero de 2021.

Sra. Claudia Scherer-Effosse, Embajadora de Francia en la Argentina

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación a la reciente visita que un conjunto de personalidades, en representación de ex funcionarios detenidos en procesos ilegítimos y encarcelados por razones ideológicas y de diversos organismos preocupados por la protección de los derechos humanos, realizaron a la Sra. Embajadora y en la cual manifestaron la preocupación que generan en nuestro país las enormes arbitrariedades cometidas por un sector reducido pero muy poderoso de la administración de justicia penal. Este sector de la justicia, sin duda, ha sido inducido por factores de poder que han llevado a la virtual destrucción del Estado de Derecho en los últimos años.

​​​​En esa reunión, tengo entendido, la Sra. Embajadora manifestó un genuino y esperanzador interés por conocer el tipo de arbitrariedades que se habrían dado en los procesos judiciales señalados y objetados. Por ello, esta carta, humildemente, viene a apoyar esa visita y también la lucha de las personas que han llevado su angustia a los salones de la embajada que, claro, no es la de cualquier país. Se trata de la embajada del país que iluminó al mundo en los finales del siglo XVIII, decretando el abandono del ancien regime (Inquisición) y la posterior declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente el 26 de agosto de 1789.

El dolor inspiró a sus visitantes, Sra. Embajadora, porque quizá no hay espacio más simbólico para llevar esta descripción del sufrimiento institucional que aquella representación del país que ha sentado las bases de la ética comunitaria del mundo occidental sobre los hombros de Montesquieu, Voltaire y Rousseau.

​​​​Pero llega el momento de describir las violaciones a los principios fundamentales del estado de derecho.

1) Como usted sabe, uno de los principios esenciales de una justicia digna es la imparcialidad del juzgador. En nuestro país para elegir un juez federal y asegurar que el juez no es elegido al estilo de una comisión especial (prohibidas por nuestra Constitución Nacional) se realiza un sorteo. Pues bien, hay serias sospechas de que esos sorteos han podido ser manipulados para asegurar que los casos lleguen a los jueces de máxima hostilidad. En particular, siempre ha llamado la atención la cantidad de casos que han tocado al Juez Claudio Bonadío (hoy fallecido).

2) Uno de los principios fundamentales es el de ne bis in idem, según el cual nadie puede ser perseguido más de una vez por el mismo hecho. Ello ha contrastado con la prolífera y no inocente producción de denuncias sobre los supuestos mismos hechos, persiguiendo a los mismos funcionarios, con cambio de detalles, para asegurar el forum shoping (otro modo de garantizar un juez enemigo del perseguido).

3) Como la Sra. Embajadora sabe: ningún proceso penal es legítimo sin asegurar la defensa técnica y leal del imputado. Sin embargo, hemos sabido de varios procesos en los cuales virtualmente se ha obligado a los imputados a sacar de sus defensas a los defensores particulares de confianza, para poner un defensor oficial absolutamente sistémico con los deseos de la fiscalía.

4) Casi todos los tratados internacionales de derechos humanos han garantizado la libertad durante el proceso como regla: en nuestro país el peligro de fuga y de obstaculización del proceso se ha presumido, en contra del imputado, para generar encarcelamientos masivos.

5) Los procesos penales no están pensados en una república para estigmatizar al imputado, aunque hemos visto como la justicia penal en nuestro país ha organizado junto con una prensa muy dañina la destrucción de la imagen pública de los líderes políticos caídos en desgracia. Por ejemplo, haciendo un show de difusión de imágenes en los momentos de las detenciones y traslados de los imputados convenientemente disfrazados como sujetos “cuya vida está en peligro”.

Hay que decir que cuando esas fotos no se han podido sacar en los juzgados se lo ha hecho en las mismas instituciones penitenciarias.

6) Como sabemos la garantía de derecho de defensa exige como lo ha asegurado la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo, una definición precisa del hecho: sin embargo, una y otra vez se realizan imputaciones sin ninguna definición de lugar, fecha y circunstancias del hecho que se investiga. De este modo se impide la adecuada defensa.

7) Se ha echado mano a figuras altamente polémicas y de dudosa ética como “los arrepentidos”, pero ni siquiera se han tomado los resguardos que la ley exige para su incorporación transparente al proceso, como la video grabación.

8) Ello ha sido así, para ocultar que en más de una ocasión estos supuestos arrepentidos han sido compelidos a dirigir su supuesta información o relato de supuestos hechos, al directo perjuicio de algún líder político, amenazando para ello, del modo más inmoral, con la detención preventiva.

9) Se ha acudido a figuras penales de gran indefinición con la pretensión de ocultar la falsedad de la atribución de un supuesto ilícito, como por ejemplo la asociación ilícita y la administración fraudulenta.

10) La indefinición en las imputaciones de asociación ilícita ha llegado al colmo de decir en las audiencias que el delito que se investiga se ha cometido entre 2003 y 2015 (¿?).

11) En el caso de la atribución de administración fraudulenta, en contra de lo que exigen las máximas instancias judiciales de los países que ostentan una justicia seria, ni siquiera se define el perjuicio que habría causado el supuesto hecho.

12) Un mismo hecho (como la tragedia ferroviaria de Once) se secciona artificialmente en dos partes, para en la primera condenar a algunos autores y luego en la segunda parte, ir contra algún líder político e imputarle ser partícipe de un supuesto autor condenado en el primer juicio y así impedir que se defienda, como cualquier partícipe podría haberlo hecho, haciendo hincapié en la ausencia de delito principal en el autor, con el pretexto que sobre ello mismo ya hay cosa juzgada. De este modo se mutila de modo escandaloso el derecho a defenderse y ofrecer prueba para su defensa.

13) Ha habido casos en los cuales un futuro imputado es llamado primero como testigo para sacarle toda la supuesta información bajo juramento de decir verdad y luego condenarlo, a él y a otros con ese mismo relato, violando la clásica garantía de que nadie puede ser obligado a declarar contra uno mismo.

14) El principio de igualdad ante la ley se ha pisoteado por la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación que ha ingresado a revisar hechos y derecho en sentencias de delitos de lesa humanidad. Mientras tanto se rechazaba una y otra vez esa posibilidad en casos de condenas a líderes políticos que debían ser perseguidos.

15) Se manipuló de modo escandaloso el sistema de designación de jueces y magistrados para asegurarse una Cámara de Apelaciones absolutamente consustanciada no con un ideal de justicia sino con un objetivo político.

16) Se expulsó sin miramientos a jueces que no aseguraban un comportamiento dócil con esta estrategia política de persecución.

17) Se manipuló y se condicionó el trabajo de los peritos oficiales. Se llegó al extremo de que esos peritos hoy están investigados penalmente en trámites absolutamente consolidados.

18) Las defensas, planteos, recursos, nulidades fueron sistemáticamente rechazados por jueces adictos sin dar siquiera la oportunidad de otorgarle a cada uno de ellos el trámite de ley (rechazo in límine).

19) Se usó incluso el camino deleznable de perseguir no sólo al funcionario opositor, sino a efectos de ablandar sus espíritus también se les inició investigaciones a hijos, hijas, hermanos, y esposas y esposos.

20) Se tomaron declaraciones indagatorias ¡en simultáneo! –como las partidas de ajedrez- para lesionar y presionar a otros imputados.

21) Abogados y abogadas, en un juzgado particular, escuchábamos al igual que nuestros defendidos, la formulación por funcionarios de gran relevancia de consignas supuestamente anticorrupción a los gritos y de modo amenazante.

22) Las decisiones judiciales eran una y otra vez anticipadas con detalles propios de quien puede ver el futuro en los multimedios más activos en esta inmoral cruzada.

23) Se pusieron penas desproporcionadas sólo destinadas a dejar bien claro quién era el real enemigo. Un hecho supuestamente más grave mereció siempre penas menores que un hecho menos grave, pero en cabeza de quien había que dañar políticamente.

24) Hemos tenido que soportar que el poder judicial se transformara en un sistema absolutamente vertical en donde un camarista podía ordenarle cómo resolver a un juez inferior, aún en contra de sus propias convicciones.

Sra. Embajadora, este listado en primer lugar no es subjetivo. Algunos de estos hechos motivaron al Dr. Diego García Sayán, relator especial de las Naciones Unidas para la independencia de magistrados y abogados, a pedir una explicación al gobierno argentino que en su momento había liderado este desastre.

Sra. Embajadora, en segundo lugar, este listado no es completo, puede seguir. Pero ello no es lo más relevante, lo más doloroso es que detrás de estas ideas y principios, detrás de estos hechos, hay gente que ha sufrido, que hoy día sigue sufriendo y que espera una respuesta que, al día de hoy, no sabemos si podremos darles. Porque, en verdad, quienes protagonizaron estas lesiones gravísimas, siguen en sus lugares. Ojalá la historia no se repita.

Gracias por su atención,

Dr. ​​​​​Maximiliano Rusconi.

1 comentario:

PABLO dijo...

aguante rusconi